
El aforo es el número máximo de personas que pueden estar simultáneamente en un espacio de forma segura. Conocer la capacidad de aforo de un local, sala o evento no es una decisión del organizador, sino que está regulado por normativa de seguridad contra incendios.
El aforo de personas es la capacidad máxima de ocupación de un espacio, calculada para garantizar que todas las personas puedan evacuar con seguridad en caso de emergencia. Se aplica tanto a locales fijos (bares, tiendas, oficinas) como a eventos temporales (conciertos, festivales, ferias).
El cálculo de aforo se realiza dividiendo la superficie útil del espacio entre la densidad de ocupación que marca la normativa según el uso del local. La fórmula básica para calcular aforo es:
Aforo = Superficie útil (m²) ÷ Densidad de ocupación (m²/persona)
En España, la normativa de referencia es el Código Técnico de la Edificación, Documento Básico de Seguridad en caso de Incendio (CTE DB-SI), en su tabla 2.1 de la Sección SI 3. Esta es la ley de control de aforo en eventos que se aplica en todo el territorio nacional, y asigna una densidad de ocupación distinta según el uso del espacio:
| Tipo de espacio | Densidad de ocupación |
|---|---|
| Zonas de público de pie (bares, conciertos) | 0,25 – 1 m²/persona |
| Zonas de público sentado | 0,5 – 1,5 m²/persona |
| Discotecas | 0,5 m²/persona |
| Comercios (áreas de venta) | 2 – 5 m²/persona |
| Oficinas (zonas de público) | 2 m²/persona |
| Aulas | 1,5 m²/persona |
Si el resultado del cálculo es decimal, siempre se redondea hacia arriba.
Un espacio de 100 m² para público de pie (como una zona de concierto) con una densidad de 0,25 m²/persona:
Aforo = 100 m² ÷ 0,25 m²/persona = 400 personas
Un local de hostelería con barra de 100 m² donde el público está de pie (1 m²/persona):
Aforo = 100 m² ÷ 1 m²/persona = 100 personas
Para una sala cerrada (aula, sala de reuniones, auditorio), el procedimiento es el mismo: se mide la superficie útil real, excluyendo muros, columnas y elementos estructurales, y se divide entre la densidad de ocupación correspondiente al uso de esa sala según el CTE DB-SI.

En eventos al aire libre o recintos temporales, el cálculo sigue el mismo principio: superficie útil dividida por densidad de ocupación. La diferencia es que en eventos masivos (conciertos, festivales) suele aplicarse la densidad más alta de la tabla — 0,25 m²/persona para zonas de público de pie — lo que permite aforos mucho mayores que en un local fijo.
Para espacios con zonas diferenciadas (escenario, zona VIP, food trucks, accesos), el aforo total es la suma de los aforos parciales de cada zona.
Sí. Superar el aforo permitido no es solo una infracción administrativa, compromete la seguridad de evacuación en caso de emergencia y puede derivar en responsabilidades legales para el organizador o titular del espacio en caso de accidente. Mantener un aforo seguro es responsabilidad directa del organizador o titular de la actividad.
Calcular el aforo máximo es solo el primer paso, después hay que controlarlo mientras el evento o local está en funcionamiento. Para eso existen sistemas de contador de aforo que cuentan personas en cada entrada y salida y muestran la ocupación actualizada al instante.
Las opciones más habituales para contar personas y controlar el aforo son:
Estos sistemas permiten un control de aforo en tiempo real, de forma que el organizador sabe en cada momento cuántas personas hay dentro y puede actuar antes de llegar al límite.

Se divide la superficie útil del espacio entre la densidad de ocupación que marca el CTE DB-SI según el uso del espacio. El resultado, redondeado hacia arriba, es el aforo máximo.
Se aplica la fórmula superficie útil ÷ densidad de ocupación. La densidad varía según el uso: desde 0,25 m²/persona en zonas de público de pie hasta 5 m²/persona en comercios con poca afluencia.
Se mide la superficie útil real del espacio, sin contar muros, columnas ni elementos estructurales, y se aplica la densidad de ocupación correspondiente según el uso del local o evento.
En la práctica se usan como sinónimos. Técnicamente, la ocupación es el resultado del cálculo según el CTE DB-SI, mientras que el aforo es la cifra final autorizada por la administración, que siempre debe ser igual o superior a la ocupación calculada.
Es una infracción que puede acarrear sanciones administrativas y, en caso de accidente con heridos, responsabilidad penal por imprudencia grave. Además, puede anular la cobertura del seguro de responsabilidad civil del espacio.
Puedes encontrar más información en la normativa estatal como enlaces a la legislación de todas las comunidades autónomas.

No. Varía según el uso del espacio y la disposición del público (de pie o sentado). Un concierto con público de pie permite mucho más aforo por metro cuadrado que un espacio con butacas o mesas.
Mediante sistemas de conteo de personas como cámaras, pulseras NFC, código QR o aplicaciones de control de acceso, que registran entradas y salidas y muestran la ocupación actualizada al instante.
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